SE CONDENA A LA ENTIDAD BANCARIA BANCO SANTANDER SA A LA DEVOLUCIÓN A NUESTRO CLIENTE DE LAS CANTIDADES INDEBIDAMENTE ABONADAS EN VIRTUD DE LA DENOMINADA CLÁUSULA SUELO, ASÍ COMO DE LA MITAD DE LOS GASTOS DE NOTARÍA, Y LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD, Y GESTIÓN.
El pasado 20 de Febrero el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de A Coruña, dictó sentencia en procedimiento judicial iniciado por este Bufete en nombre y representación de un cliente frente a la entidad bancaria BANCO SANTANDER
SA (antiguo Banco Popular Español SA), en cuya virtud se declara la nulidad de pleno derecho de la cláusula suelo y de la cláusula que impone la obligación de pago de los gastos de constitución de hipoteca al prestatario, ambas cláusulas incluidas en un contrato de préstamo hipotecario suscrito en su día por el cliente.
La sentencia estima íntegramente las pretensiones formuladas por este Bufete en nombre de nuestra clienta, declarando la nulidad de pleno derecho de la cláusula suelo y de la cláusula de gastos hipotecarios, y condena a la entidad bancaria BANCO SANTANDER SA a que elimine dichas cláusulas del contrato de préstamo en cuestión a su costa. Además, la citada sentencia condena a la entidad bancaria al reembolso al cliente de las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de la cláusula suelo, así como al reintegro al cliente de los gastos por él abonados correspondientes a la mitad del importe de la factura del Notario, y la totalidad de los gastos abonados por el cliente al Registro de la Propiedad, y por la gestión, cantidades que además deberán ser incrementadas con los intereses devengados desde el cobro de las mismas hasta su efectiva restitución.
Si creen que pueden tener una cláusula suelo y/o una cláusula de gastos hipotecarios en su préstamo hipotecario, o si su hipoteca está vinculada al IRPH, no duden en contactar con nosotros para reclamar sus derechos.